A
finales del mes de julio del año 2026, los incendios forestales han azotado las
provincias de Ávila y Madrid, así como las zonas colindantes de Toledo y otras
repartidas por el resto del territorio nacional, constituyendo su impacto una
emergencia ambiental y sanitaria derivada de las consecuencias de los mismos,
alcanzando una superficie calcinada superior a las ochenta mil hectáreas, y que
ha obligado a la evacuación o confinamiento de más de cien mil personas. La
combinación de las altas temperaturas, las condiciones del viento y la leve
humedad ambiental, ha provocado como consecuencia de los incendios la
activación de la emergencia nacional y del nivel máximo de Protección Civil y
la coordinación de la Unidad Militar de Emergencias (UME). Desde el ámbito
jurídico y legal, existen evidencias de sucesos responsables de graves
consecuencias administrativas y penales por parte de la actuación de las
autoridades públicas, tipificadas en el Código Penal español, por la comisión
de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. En concreto, por
imprudencia grave por la violación de la normativa de prevención y limpieza de
las condiciones de la zona afectada por el fuego, y la responsabilidad civil
derivada de la omisión de la obligación de asumir las labores operativas de
extinción. Así las cosas, diferentes autoridades públicas, como el Teniente de
Alcalde de Pedro Bernardo, Javier Capitán Jiménez, han difundido declaraciones
públicas reconociendo y criticando el operativo y la actuación de las fuerzas
públicas de emergencia, denunciando los desalojos para evitar que los vecinos
fueran testigos de la supuesta falta de actuación de los operativos oficiales y
afirmando que la verdadera fuente de trabajo real de contención de los
incendios ha recaído sobre el protagonismo de los vecinos y voluntarios.
Si
las afirmaciones, como las del teniente de alcalde de Pedro Bernardo, entre
otras, sobre una supuesta orden de inacción deliberada por parte de los
servicios de emergencia fueran ciertas y se demostraran judicialmente, se
habrían vulnerado diversos preceptos legales del ordenamiento jurídico español,
incurriendo en supuestos delitos de omisión del deber de socorro, de
prevaricación administrativa u omisión del deber de perseguir delitos y el de
auxilio en catástrofes.