miércoles, 22 de julio de 2020

Al Defensor del Pueblo:

   EXPONE:

   Que el gasto a costa de dinero público que supone la proliferación de cámaras de vigilancia en organismos públicos, y la autorización de otras cámaras que vigilan espacios privados, justificados en la defensa de la seguridad ciudadana, contraviene la versión oficial del Estado, que asegura en sus informes que la tasa de criminalidad ha descendido, según datos oficiales del Gobierno.
   El estudio del Balance de Criminalidad de 2016, y en la misma evolución el publicado en 2018, refleja descensos en prácticamente todos los indicadores objetivos de delincuencia, pero también en la percepción social de inseguridad. La percepción de inseguridad ciudadana ha experimentado una evolución positiva a lo largo de los últimos años: ha pasado de representar un 9,7% registrado por el CIS en mayo de 2010 a constituir una preocupación tan solo para el 3,2% de la población en diciembre de 2016.
   Como datos significativos adicionales de este balance, cabe señalar que:
          Los delitos se reducen.
          La tasa de criminalidad se sitúa en 43,4 delitos por cada 1.000 habitantes
       Los homicidios dolosos y asesinatos consumados bajan por primera vez de 300 casos en un año.
          España es el país de la Unión Europa con menor tasa de muertes violentas, sólo superado por Austria.
   Por lo expuesto, en aplicación de las previsiones de acuerdo con las funciones atribuidas al Defensor del Pueblo y en virtud del artículo 9 y 103.1 de la Constitución Española; “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”, y “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales”; eje sobre el que debe gravitar la actuación de la Administración, en función del interés general, SOLICITA:
   Que se reconozca el presente escrito de queja, por la violación del art. 18 CE,
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.


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